Frenadeso Noticias 04 de Junio de 2013
Fecha Lunes, 03 junio a las 17:55:45
Tema Frenadeso Nacionales


Si prospera propuesta de candidato de Martinelli, 8 años o más de cárcel para pobres sin tierra ni vivienda

 

 

 

 




XV Jornada Nacional de Inscripciones del FAD del jueves 6 al domingo 9 de junio. Algo GRANDE está ocurriendo en Panamá. Rumbo a los 75 mil.

Ante la falta de interés que han demostrado, los últimos gobiernos, en especial el actual, por resolver el problema de falta de viviendas populares, más de 200,000, familias, se ven obligadas, a buscar su propia solución. Esta se encuentra muchas veces, a través de las tomas de tierras, o recuperación de tierras para darle uso social. Ahora solo no es, seguir desalojando de forma violenta y criminal, además ahora se aumenta la pena de 4 a 8 años, propuesto por José Domingo Arias, Candidato a Presidente por el CD (Martinelli), cuando fue Ministro de Vivienda.

Frenadeso Noticias 04 de Junio de 2013

A continuación el proyecto en mención y el comunicado de la Secretaría de Asuntos Sociales y Comunales de CONUSI.

PROYECTO DE LEY Nº
De de de 2013
Que adiciona disposiciones al Código Penal
LA ASAMBLEA NACIONAL
DECRETA:

Artículo 1. Se adiciona el artículo 229-A al Código Penal, así:

Artículo 229-A. Todo aquel que promueva, patrocine, induzca, financie,· facilite, colabore o permita la invasión de terrenos o edificaciones u organice una parcelación, lotificación, división, urbanización o construcción de viviendas en terrenos privados o estatales, sin la debida autorización del propietario o autoridad competente, según sea el caso, será sancionado con prisión de seis a ocho años.
 
La sanción se aumentará a la mitad si la parcelación, lotificación, división, urbanización o construcción de viviendas se efectúan en terrenos o zonas de preservación ambiental y ecológica, áreas protegidas, áreas de reserva para la construcción de obras públicas, zonas de contaminación ambiental, de alto riesgo o en zonas rurales.
 
Artículo 2. Se adiciona el artículo 229-B al Código Penal, así:
Articulo 229-B. Todo servidor público con mando y jurisdicción que avale o incite las invasiones de terrenos o edificaciones de propiedad privada o estatal, o que se abstenga de realizar los lanzamientos a los que haya lugar cumplido el debido proceso, será sancionado con prisión de seis a ocho años.
 
Artículo 3. Esta Ley adiciona los artículos 229-A y 229-B al Código Penal.
 
Artículo 4. Esta ley comenzará a regir a partir de su promulgación

COMUNíQUESE Y CÚMPLASE.


Sobre el derecho a la vivienda

 Por: La Secretaria de Asuntos Sociales y Comunales de CONUSI.

Principio del formulario

El artículo, 48 de la constitución panameña establece: “La propiedad privada implica obligaciones para su dueño por razón social que debe llenar. Por motivo de utilidad pública o de interés social puede haber expropiación mediante juicio especial e indemnización”

El artículo 117 señala “El estado panameño establecerá una política nacional de vivienda destinada a proporcionar el goce de este derecho social a toda la población especialmente a los sectores de menor ingreso”.

Pero la realidad no es esta.

Actualmente, tanto las barriadas como las viviendas están pensadas para el lucro de una minoría (terratenientes y empresarios) y no para la satisfacción de las necesidades individuales y colectivas. Han obligado a las personas(el sistema económico actual) a emigrar del campo a la ciudad y no precisamente al centro sino a lugares distantes, donde es necesario el transporte y los servicios públicos (agua, luz, etc.) mismos que son objeto de lucha, por no tenerlos con anterioridad. El hecho de no poder disfrutar de una vivienda digna y adecuada a las necesidades de cada persona o familia es un factor de riesgo de cara a la exclusión social. Aun así la vivienda, a menudo, no se considera un derecho y sí como un negocio más para la libre especulación.

Además, la situación de precariedad, nos hace vivir asfixiadamente: por el arrendamiento o la hipoteca tenemos que coger cualquier trabajo, aunque las condiciones sean pésimas. A esto se suma los casos de amenaza de despido o no renovación de contrato. Muchas familias están sobre endeudadas, no pueden hacer frente a las deudas que en su día van a asumir con sus hipotecas, y viven una situación de indefensión absoluta ante las leyes y los poderes económicos.

Tenemos que apostar en nuestras respectivas comunidades por el uso social de terrenos en desuso y en la mayoría de casos abandonados. Esto significa que las familias son obligadas por la dureza del sistema actual a realizar tomas de tierra como una acción desesperada que refleja la necesidad de contar con un espacio físico donde edificar una vivienda y poder desarrollar la vida de manera digna.

 Consideramos que la ocupación no genera ningún mal a la sociedad. Todo lo contrario, el hecho que haya tierras vacías y en desuso genera injusticia social. Por ello la población en general debe apostar por la NO penalización de la ocupación de tierras propuesta de ley que presento en su momento el entonces ministro de vivienda( JOSE DOMINGO ARIAS) y actual candidato a la presidencia de Panamá por el partido gobernante CAMBIO Democrático, proyecto de ley  que actualmente se encuentra en peligro de ser aprobado en la Asamblea de Diputados desconociendo en esencia la constitución panameña y los derechos humanos en materia de derecho a la vida  y a la  prohibición al desalojo forzoso:

Es nuestro deber manifestar un NO enérgico y rotundo a la pretensión de este gobierno de convertir en delito un derecho no satisfecho, ni siquiera atendido, como lo es el de la vivienda digna amparado por la Constitución  panameña en sus artículos 112 y 117 principalmente, e igualmente reprochamos los desalojos de forma violenta ejecutados por este y anteriores gobiernos en nuestro país y que pretenden seguir ejecutándolos de forma sanguinaria, vil y cobarde a sabiendas que como estado Panamá es signatarios de convenios, pactos y resoluciones de la ONU y otros organismos internacionales donde los estados se obligan a no realizar desalojos forzosos individuales y en masa, al ser tipificados como una aberrante violación a los DERECHOS HUMANOS. * Aprobados por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, Viena, el 25 de junio de 1993 (A/CONF.157/24 (parte I), cap. III).

El primer día que vinieron, nos hablaron de

progreso...

midieron nuestras tierras

y no dijimos nada...

El segundo día que vinieron, allanaron nuestras

moradas...

expulsaron a nuestros hijos

y no dijimos nada...

El tercer día estaba cubierto todo de agua

y por no haber dicho nada

nunca podremos hacer algo

¿Vamos a dejar que esto ocurra otra vez?

 

 

 

 








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