Frenadeso Panamá
Fecha Miércoles, 15 junio a las 18:59:57
Tema Frenadeso Nacionales


Congreso de Mujeres Buklé
Se trata del VII Congreso de Mujeres Buklé celebrado en Santa Fe Norte, Veraguas.








Se trata del VII Congreso de Mujeres Buklé celebrado en Santa Fe Norte, Veraguas.
Resoluciones aprobadas:

REPÚBLICA DE PANANÁ

COMARCA NGÄBE BUKLE Y CAMPESINO (REGIÓN NORTE DE SANTA FÉ)

Resolución N°1.

  1. Que la asamblea de mujeres desde siempre ha sido parte activa y fundamental de los congresos locales, como la del vigésimo cuarto (XXIV) celebrado, en la comunidad de San José, Corregimiento de Calovébora; el mismo dictó la resolución N°3 sobre el Parque Nacional (Santa Fé), su manejo y relación con los moradores indígenas de cada comunidad.

  2. Que la población indígena del Norte de Santa Fé, durante años ha existido, sobrevivido y armónicamente con la madre naturaleza realizando sus actividades de subsistencia de forma tradicional y cultural con la tierra, el bosque o montaña, aguas y demás recursos, sin causar mayores destrucción, prueba de ello su estabilidad y verdor, que sus actividades son necesidades básicas familiarmente.

RESUELVE

  1. La asamblea ordinaria de mujeres ratifica la Resolución N°3 dictada por el Vigésimo cuarto Congreso Local celebrado los días 12 al 14 de agosto del 2010, sobre el Parque Nacional (Santa Fé) y todos nuestros recursos naturales existentes, y exige fiel cumplimiento y respetar las decisiones del pueblo indígena y sus autoridades sin atentar contra sus facultades y derecho de funcionamiento.

  2. Solicitar a la dirección regional de ANAM, dirección del Parque Nacional, respetar los derechos de los pueblos indígenas consagrado en la Constitución Nacional, artículo 96 al 105 de la Ley 41 del 1 de julio de 1998, sobre ambiente y pueblos indígenas y demás leyes que garantizan el derecho, uso y manejo de los recursos naturales existentes en la población indígena.

DADO A LOS SIETE (7) DIAS DEL MES DE JUNIO DEL DOS MIL ONCE (2011), EN LA COMUNIDAD DE GUABAL-Playita, Corregimiento de Rio Luis, Distrito de Santa Fé

Presidenta: Máxima Santo

Secretaria: Fidelia Blanco

Presidente del Congreso Local: Juan Peña

Cacique Local: Saturnino Rodríguez

Original a la Dirección de ANAM de Veraguas

c.c. A la dirección del parque Nacional; cc. a ANAM regional de Santa Fé; cc. A los medios de comunicación; cc: al Congreso General; cc. Congreso Regional; cc. Al Cacique Camilo Ortega

REPÚBLICA DE PANANÁ

COMARCA NGÄBE BUKLE Y CAMPESINO (REGIÓN NORTE DE SANTA FE)

RESOLUCIÓN N° 3

La Séptima asamblea de mujeres indígenas Ngäbe Bukle y campesinas (O.M.I.C.A.N.B.), manifiesta su posición sobre la relación y consideración de autoridades municipales hacia nuestras autoridades tradicionales y pueblo en general.

CONSIDERANDO

  1. Que en la población norte de Santa Fé, se está imponiendo el cobro de impuestos municipales de manera forzosa y presionante sin tomar en cuenta que es un área indígena que se rige por los reglamentos interno tradicionales de la comarca y pueblos indígenas. Sus actividades como degüello de animales domésticos los realizan temporalmente en mínima cantidades, igual que las tiendas son de artículo de primera necesidad.

  2. Que nuestras autoridades tradicionales y pueblo indígena ha sido presionado, intimidado y discriminado por las autoridades municipales y directores de instituciones; situación que cada día más nuestras autoridades se ven amenazado limitándole sus derechos de funcionamiento dentro de su pueblo originario.

RESUELVE

  1. La séptima asamblea de mujeres de O.M.I.C.A.N.G., solicitamos al gobierno y autoridades municipales una vez por toda la abolición de impuestos en el área indígena del norte de Santa Fé, ya que sus actividades son de subsistencia o consumo familiar.

  2. Solicitar al gobierno nacional, autoridades municipales y directores de instituciones, el respeto a nuestras autoridades y denunciamos públicamente toda pretendida persecución, amenaza e intimidación ya que en todo momento hemos estado anuente a dialogar y coordinar invitándolos a nuestras sesiones y no ha sido posible asistir a nuestro llamado.

Le exhortamos a enterarse de los diferentes instrumentos legales que consagran los derechos de los pueblos indígenas existentes, para entender el derecho y libertad de expresión y decisión de nuestros pueblos indígenas.

Fundamentos legales: Constitución Nacional, Ley N° 10 del 7 de marzo de 1,997, convenios internacionales, Convenio 107 de la O.I.T.; declaración de las Naciones Unidas, entre otras.

DADO A LOS SIETE (7) DIAS DEL MES DE JUNIO DEL DOS MIL ONCE (2011), EN LA COMUNIDAD DE GUABAL, SECTOR PLAYITA, CORREGIMIENTO DE RIO LUIS.

Presidenta de Organización de Mujeres: Máxima Santo; Secretaria: Fidelia Blanco; Presidente del Congreso Local: Juan Peña; Cacique Local: Saturnino Rodríguez

Original a la alcaldía de Santa Fé: c.c. A la Gobernación; c.c. A la corregiduria de Rio Luis; cc. A los medios de comunicación; cc. Al Congreso Regional; cc. Al congreso General; cc. Al Cacique Camilo Ortega.

REPÚBLICA DE PANAMÁ

COMARCA NGÄBE BUKLE – REGIÓN NORTE DE SANTA FÉ

RESOLUCIÓN N°3

Por el cual, la población indígena replantea su posición sobre los derechos naturales y legales respecto al medio ambiente, en todo sus aspecto que lo compone.

CONSIDERANDO

  1. Que el Gobierno Nacional aprobó el Parque Nacional Santa Fé, mediante Decreto Ejecutivo 147 del 11 de diciembre de 2001, valiéndose de una manera política de la conservación y protección del ambiente justificado por propuesta de persona ajena a nuestra área indígena.

  2. Que el Parque Nacional ha sido una imposición ignorando el derecho a voz y voto natural y legal que ejerce el pueblo indígena en su territorio.

  3. Que dicha imposición ha sido ejecutada por el Gobierno Nacional, ANAM, autoridades regionales y municipales, presionando y limitando a los propios moradores indígenas, sin embargo las puerta están abiertas para las personas foráneas de poder económico y en eso no ha funcionado la justicia ni el Decreto del Parque Nacional y hasta la fecha existen datos alarmantes que hay en plan de ejecución tantas concesiones de proyectos mineros, corte de carretera y otros que estamos seguros que contaminan, destruyen la naturaleza y despoja a los habitantes de nuestro territorio que se mantiene con estabilidad natural.

  4. Que nuestro pueblo indígena y sus autoridades han sido permanentes y responsables en la conservación y protección de nuestros recursos. Y hemos publicado nuestra posición mediante los Congresos Locales, Regionales y Generales, amparados por diferentes instrumentos legales sobre nuestros pueblos, estamos claro de los perjuicios y consecuencias que tren dicho proyectos.

RESUELVE

  1. Manifestar al Gobierno Nacional, ANAM, y otras autoridades que los pueblos indígenas tenemos derechos naturales y legales para decidir sobre nuestros recursos existentes dentro de nuestra área indígena y de esta manera sustentamos la resolución emitida por el Congreso extraordinario de Región Kadri realizado en la comunidad de Alto Ortiga los días 6 al 9 de febrero de 2010. Siempre que no lesione la subsistencia de nuestro pueblo originario, de conformidad de los artículos 26 de la declaración de las Naciones Unidas: Artículo 15 y 16 del Convenio 169 de la OIT, artículo 11, 12, 13 del pacto internacional de los derechos civiles y políticos.

  2. Solicitamos a las autoridades competentes en orden de jerarquía que al ejecutar proyecto en nuestras áreas tomen en cuenta los diferentes recursos legales que describen el derecho de los pueblos originarios desde las constitución nacional, declaración de Naciones Unidas, convenios y pactos internacionales y bajo ese amparo rechazamos la construcción de las oficinas de ANAM, en la comunidad de Calobevorita, Guázaro y otros en nuestra área indígena.

  3. Dejar claro su posición a la forma limitante al pueblo indígena a través de la Ley # 51 del 2001, que injustamente atenta y contradice la autonomía indígena en materia de recursos naturales, de obligatorio cumplimiento consagrado en los Convenio 107 y 169 de la OIT y demás recursos señalados.

Conociendo estos recursos que definen claramente nuestra autodeterminación y derecho consuetudinario de dicho pueblo, mantenemos nuestra oposición a la ejecución de proyectos tales como Parque Nacional Santa Fé, explotaciones mineras, torres eólicas, represa hidroeléctrica, turismo y corte de carretera; que representa devastación de bosque y acaparamiento de tierras; y exigimos eliminar todo título de propiedad de tierra y trámite al respecto; y prohibir la entrada de terratenientes, tanto panameños como extranjeros en nuestras áreas.

  1. Reconocer nuestros derechos y el deber como pueblo originario, con derecho a voz y voto sobre tales recursos, elevar nuestra voz ante las autoridades y la opinión pública de conformidad con las determinaciones de los Congresos Locales, Regionales y General; con la aclaración que en todo los congresos invitamos a las diferentes autoridades y no han asistido, por lo tanto si hay mal entendido sobre las diferentes resoluciones. El camino para llegar a entendimiento es asitir a la cesión de los congresos y demás eventos programados en el área en mención para dialogar y buscar alternativa de solución de parte y parte.

DADO A LOS CATORCE (14) DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL DOS MIL DIEZ (2010), EN LA COMUNIDAD DE SAN JOSÉ DEL CORREGIMIENTO DE CALOBEVORA.


Presidente del Congreso Local del Norte de Santa Fé: Juan Peña

Secretario: Mártires Bordones

Cacique Local del Norte de Santa Fé: Saturnino Rodríguez.


ORIGINAL A ANAM DE VERAGUAS

cc. a la Gobernación de Veraguas; cc. A la ANAM de Santa Fé; cc. Al diputado del circuito 9-1; cc. A la Alcaldía de Santa Fé.

 








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