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Panamá: PROGRAMA DE ALIMENTOS PARA TRABAJADORES O BENEFICIOS EMPRESARIALES

ROSARIO ARIAS PEÑA














PROGRAMA DE ALIMENTOS PARA TRABAJADORES O BENEFICIOS EMPRESARIALES


ROSARIO ARIAS PEÑA

Panamá, julio, 2020.

El Programa de Alimentos, conocido popularmente como el VALE PANAMA, fue creado mediante la Ley 59 del 2003, durante el gobierno del Panameñismo y la alianza con los Partidos MOLIRENA, CD y MORENA.  Consiste en la autorización que el Ejecutivo, a través del Ministerio de Trabajo (MITRADEL) otorga a empresas emisoras de lo que se presentó como un “beneficio” para los trabajadores. Durante el gobierno de Mireya Moscoso fue designado como Ministro de Trabajo el empresario y presidente del partido MORENA, Joaquín José Vallarino III.

Esta Ley ha sido reformada en dos ocasiones (mediante la Ley No. 60 de 2005 y la Ley 60 de 2009).  La primera vez, con el de Martín Torrijos siendo Ministro de Trabajo Reinaldo Rivera; la última fue con el Gobierno de Ricardo Martinelli, con Alma Cortez como Ministra de Trabajo, y fue propuesta por el Ex-Diputado Adolfo Valderrama del partido Panameñista que, en ese momento, aún estaba en alianza con el CD.  Esto que quiere decir que estos representantes de partidos políticos contrincantes no se enfrentan en materia de apoyo a las empresas y se verá por qué se afirma.

Actualmente, en medio de la pandemia, con el Gobierno PRD de Laurentino Cortizo, se incluyó una nueva modificación del mal llamado Programa de Alimentos, entre los “acuerdos” de la Mesa Tripartita entre algunas Organizaciones de Trabajadores y la dupla Gobierno - Gremios de empresarios, que se vaticina será enviado a la AN como anteproyecto de Ley para su aprobación.

En el momento de su aparición en nuestra legislación, los proponentes lo vendieron como un programa de alimentación para los trabajadores. En su discusión, en la Comisión de Trabajo y Bienestar Social de la AN, el exdiputado fallecido Carlos Alvarado presentó el anteproyecto de ley, resaltando en su intervención: “…cuando un trabajador está bien nutrido, definitivamente que va a rendir mucho mejor en el trabajo…”

Hacía referencia, además, a lo actuado en otros países de América Latina, pero olvidó mencionar el modelo de alimentación en que se basan algunos de esos programas, mismo que se brinda en comedores facilitados por las empresas (públicas y privadas) en el lugar de trabajo, que tiene un efecto más directo tanto en el ingreso del trabajador como en su nutrición, siempre y cuando la alimentación cumpla con los requisitos establecidos.
 
Lo que fue aprobado en la primera ocasión (2003) fue otra cosa: el otorgamiento voluntario por parte de las empresas de un vale (bono) para la compra de alimentos de trabajadores cuyo salario fuera igual o inferior a B/500.00 mensuales, para la adquisición exclusiva de alimentos preparados (en el lugar de trabajo o en sus inmediaciones) y para la compra de alimentos en lugares de venta que aceptaran el denominado VALE.  El valor máximo mensual de este VALE no excedería los B/100.00 mensuales.

Pero el asunto no quedó solamente allí, las empresas debían recibir, como siempre, alguna retribución a cambio.  De esta forma se aprobó, sin mayores dificultades, los artículos 7 y 11 de la Ley que dejan muy claro que “Las sumas destinadas por las empresas que se acojan al Programa de Alimentación para los Trabajadores, serán deducibles ciento por ciento (100%) del Impuesto sobre la Renta”. Y que “Los beneficios concedidos en esta Ley a favor de los trabajadores no se consideran salario, ni costumbre o usos, ni condiciones de trabajo, ni ingreso en especie y, por lo tanto, no deberán ser tenidos en cuenta para la base del cálculo de los aportes de la Caja de Seguro Social y no acumularán derechos ni prestaciones a las establecidas en el Código de Trabajo.

Con el Gobierno de Martín Torrijos, dieciséis meses después de tomar posesión, se aprobó la modificación de un solo artículo de la Ley 53, en diciembre del 2005, incluyendo como “beneficiarios” del vale de alimentos a trabajadores de cualquier nivel de ingreso, independientemente de que no presentaran necesidades de nutrición.  “Artículo 5. Podrán recibir el beneficio social de alimentación establecido por el presente programa todos los trabajadores asalariados”.

Ricardo Martinelli, también modificó la Ley de “alimentos para los trabajadores”, a escasos meses de haber tomado posesión (Ley 60 de 23 de octubre de 2009).  Además de alimentos, se incluyeron los medicamentos y útiles escolares para ser obtenidos a cambio del bono/vale; aumentó el valor máximo del “beneficio” de alimentos (voluntario) para trabajadores de cualquier nivel de salario, de B/100.00 hasta B/350.00 mensuales.  Se aprobó que el valor no sería superior al 30% del salario base.

Un asesor de la Comisión de la Asamblea Nacional, en la que se hacían los debates correspondientes a la modificación, argumentaba que el aumento no podría ser superior a lo que consignaba el Código de Trabajo:  “…los vales de alimentación no podrán exceder un 30% del salario básico, una medida de racionalización para evitar que se pueda sustituir en la práctica como muchas veces el Código de Trabajo lo recoge en su artículo 142, para las primas y las bonificaciones de rendimiento deben ser al 50%”. 

Diez años más tarde, como “cerecita del pastel”, en medio de la pandemia provocada por el COVID-19 y, aprovechando las debilidades que enfrenta la población trabajadora, el gobierno de Laurentino Cortizo ha propuesto aumentar el monto del ¨Vale” de B/350.00 a B/500.00 mensuales, estableciendo que no debe exceder el 75% del salario base.  Además se ampliaría su utilización, a incluir los servicios de clínicas, laboratorios, odontología, imagenología, hospitales, centros de terapias, ópticas, así como centros educativos a todos los niveles, entre otros.

Esta propuesta del gobierno contraviene las disposiciones del Código de Trabajo en lo que se refiere a salario en especie y a las primas y bonificaciones de rendimiento.  El propósito siempre ha sido la obtención de beneficios fiscales para la empresa y disminuir los costos de planilla.

Como afirmaba el Gerente de VALE PANAMÁ en el 2009, Vicente Capelli, se trataba de disminuir los costos laborales de las empresas, que según calculan, y como siempre han cacareado varios empresarios, sin probarlo, estaría alrededor del 40% de los salarios. Señalaba que una empresa se enfrentaba al dilema de dar un beneficio a uno o más empleados, pero que eso no implicara hacer un ajuste salarial, así que decidía darlo en "plata" (el vale representa un medio de intercambio).   Al aumentar el monto del vale, se beneficiaría aún más al empresario, sin duda. 

Por supuesto que la emisión de vales era y sigue siendo un negocio, y se cobra una Comisión por emitirlos. Argumentando a favor de la Ley y sus cambios, Capelli dijo que la empresa SIEMPRE, S.A. (VALE PANAMÁ) cobraba menos dinero en Comisión que las prestaciones laborales que la empresa se ahorraba usando el Vale. Refiriéndose a la empresa afirmó, “Hoy, el que menos paga carga laboral es del 33%, dependiendo del riesgo profesional que desempeñe”. 

También se trataba, como algunas empresas lo han logrado, de convencer a los pocos trabajadores con ingresos superiores a la mediana salarial del país (cerca B/700.00 mensuales en el 2019) de que lograrían beneficios (vale) y no aumentos de salario. Utilizan el argumento de que sus ingresos en vale no son gravados con deducciones que la Ley establece para todos los salarios (seguro social, seguro educativo, impuesto sobre la renta) sin hacer notar los efectos en la vida de sus familias, de la colectividad, de la organización y su futuro.  “Lo que busca (la Ley y su modificación en el 2009) exactamente es a esa clase media que hoy paga cualquiera cantidad, que debe estar entre 27 o 26% que pagan en impuesto; si gana B/2,000.00, se está quitando fácil entre B/500.00 y B/600.00, creo que es justo que usted tenga esto …”  Esta era parte de la sustentación de Capelli, quien a partir del 2015 es Gerente de VALE GENERAL. Lo que Capelli no le dice al trabajador es que al hacer esto, también se reduce su pensión de jubilación, su salario de vacaciones, su prima de antigüedad, así como el monto del XIII mes.  Todo esto se lo ahorra el empresario y lo pierde el trabajador.

Los llamados vales de incentivos para los trabajadores también tienen el propósito de establecer diferencias entre los empleados, los de mayor y menor ingreso, a través de las diferentes presentaciones: Vale Panamá Singular (el de libretas impresas), Vale Panamá Plus, Vale Panamá Corporativo y el Vale Regalo, lo que significa que, además de las libretas, ofrecen tarjetas a los trabajadores, dependiendo del nivel de “lealtad”, compromiso y cumplimiento de las meta -salchichas que impongan las empresas.  Esto hace recordar la fábula del perro y la salchicha, la que se muestra para intensificar la jornada laboral, hacer trabajar más intensamente al trabajador quien difícilmente logrará alcanzar el bono (la salchicha).  Y si la empresa permite que lo logre (porque el “Vale” no es obligatorio que lo pague la empresa, es voluntario), será cuando el trabajador está exahusto, cansado, con alto nivel de desgaste físico y cerebral. 

Sobre las empresas emisoras y sus clientes

No se conoce con certeza la cantidad de empresas afiliadas a los beneficios fiscales que brinda la Ley que creó el “Programa de Alimentos de los Trabajadores”, es decir, las que adquieren los bonos o vales para los trabajadores de sus empresas; se dan números globales de los establecimientos que se encuentran certificados por el MITRADEL para recibir los vales. Así, por ejemplo, una sola de las empresas emisoras indica en su página de internet que 2,500 empresas (entre privadas y públicas) han implementado el instrumento que es utilizado en 1,700 establecimientos comerciales, entre los que destacan la mayoría de las cadenas de supermercados, farmacias, restaurantes de comida rápida, etc.  Una vez promulgada la Ley se establecieron las primeras empresas que desarrollaron el procedimiento (Sistemas de Incentivos Empresariales, S.A. - SIEMPRE, S.A. o VALE Panamá y la firma francesa ACCOR que luego cambió el nombre a EDENRED, S.A.)  Las empresas que se encargarían de la emisión de los documentos, así como el registro de las que se acogían al sistema, se supone serían supervisadas y certificadas por el MITRADEL, según la norma aprobada.

A partir de la entrada en vigencia de la Ley 53 del 2003, los primeros en registrarse como emisores fueron Moisés D. Cohen y Margie A. de Cohen, que instalaron la empresa Sistemas de Incentivos Empresariales, S.A. (SIEMPRE, S.A. - VALE PANAMÁ).  Años más tarde, en septiembre de 2010, se estableció la empresa emisora VALE GENERAL, del Grupo del Banco General. 

Desde el año 2015, SODEXO, empresa francesa transnacional de asesoría empresarial aparece como la propietaria del 100% de las acciones de la empresa Sistema de Incentivos Empresariales (SIEMPRE - VALE PANAMÁ).

Algunas de estas empresas también han participado en procesos de adquisición del Gobierno, el que parece ser un buen cliente por los montos que se han contratado. En el sitio Panamá Compra aparece, en el año 2014, la adjudicación de dos contratos para la compra de libretas de vales a dos empresas emisoras (VALE PANAMÁ y Pases Alimenticios, S.A.) para el Programa Alimentario Nacional del MIDES, por montos que superaron los 3.2 millones de balboas.

Más recientemente, los medios de comunicación informaron que en diciembre del 2019 la Dirección de Asistencia Social (DAS) antiguo PAN (FIS y FES) obtuvo libretas de bonos por medio de la empresa VALE PANAMÁ por un monto de 2.9 millones de balboas que fueron distribuidos entre los Consejos Provinciales del país y algunos Diputados de la Asamblea Nacional; vinculado a esto, se difundieron noticias acerca de la entrega de jamones en varias comunidades como regalo de Navidad a través del IMA y otras dependencias. Estos son sólo algunos ejemplos del alcance de estos instrumentos, no sólo como mecanismo de beneficios fiscales y de reducción de costos de planillas para empresas, sino, además, con objetivos políticos.

Acerca de los beneficios que otorgaba la Ley a las empresas, cuatro meses después de emitida la Ley 53 (el 15 de diciembre de 2003), uno de los empresarios que inició el negocio con el nombre comercial VALE PANAMÁ, Moisés D. Cohen M.,  resaltaba los beneficios para las empresas que se sumaran a la iniciativa como clientes de las emisoras: “Estos vales, que ofrecerán múltiples ventajas para el trabajador y las empresas que los adquieran, pueden ser utilizados en supermercados, restaurantes, hipermercados o mini-súper. Los cupones traen beneficios para las empresas, y uno de ellos es de índole fiscal, disminución de costos laborales, motivación e incentivos a sus trabajadores, lealtad para sus empleados y mayor productividad”.  Cohen había creado su empresa en noviembre y, como diría más tarde, “porque se enteró que empresarios franceses estaban presionando para que se cambiara la legislación” y se creara la figura del “Vale”.

Cohen, quien es miembro fundador del Capital Bank, indicó que fue por pura coincidencia que se enteró que empresas francesas estaban impulsando cambios en las leyes para se pudieran aprobar incentivos (alimentarios) con incentivos fiscales.  Y fue así como,  una vez que maduró la idea en el país, decidió participar en el negocio de distribución y operación de vales.  Según él, aprovechó el momento, las oportunidades. Un mes antes de aprobarse la Ley 53 del 2003, creó la empresa Sistemas de Incentivos Empresariales, S.A. (SIEMPRE o VALE PANAMÁ) con la participación de la firma de abogados Morgan y Morgan.

No fue difícil contar con el apoyo el apoyo del Órgano Legislativo.  Una vez propuesto el Anteproyecto de Ley en la Comisión de Trabajo y Bienestar Social de la Asamblea Nacional, sólo bastaron 45 días para convertirlo en Ley de la República (desde el 23 de junio al 7 de agosto del 2003).  Carlos Alvarado, el proponente, solicitó a la Comisión se incluyera como Ley de “urgencia notoria”. 

En el año 2008, antes de la segunda modificación de la Ley 53 de 2003, el Gerente de VALE PANAMÁ, Vicente Copelli (actualmente Gerente de VALE GENERAL), exponía con claridad las ventajas de la compra de vales de alimentación por las empresas, afirmando,  “…cada día son más las empresas que deciden dar bonos a sus empleados para proteger los costos y las finanzas. Estos vales no son considerados como uso y costumbre, ni condiciones laborales, lo cual los exonera de cualquier sobrecosto laboral, de seguridad social y fiscal.

Además, que “Lo anterior puede acarrear un ahorro para la empresa de hasta un 40% en concepto de esta clase de costos, haciendo la comparación con dinero en efectivo o cualquier otro salario en especie.  Adicionalmente, la ley provee la ventaja de poder deducir en un 100% del ISR los montos que el empleador otorgue por medio de vales de alimentación hasta un monto de $100.00 mensuales”.

Otras empresas han entrado y salido (por fusión y absorción) del mercado de emisión de vales, manteniéndose con mayor presencia en el mercado la denominada VALE PANAMÁ (Sistema de Incentivos Empresariales, S.A. - SIEMPRE) y VALE General. 
Estas dos son los que aparecen con mayor influencia en el mercado de vales para trabajadores (públicos y privados) y programas sociales del Estado (SIEMPRE, S.A.  y VALE GENERAL), vinculadas al capital financiero y bancario.


CONSIDERACIONES FINALES

El supuesto argumento de estar legislando a favor de los trabajadores desaparece al contraponerlo al verdadero propósito que se buscaba: favorecer a las empresas para hacer negocios y reducir los costos laborales, perjudicando a la fuerza laboral.  Desde un inicio se establecieron las concesiones al sector empleador, sin medir cuál podría ser el efecto del no pago de tributos para el trabajador (pensión por retiro, deterioro de servicios públicos, entre otros) y para las arcas del Estado (déficit fiscal, afectación al gasto social), incluyendo los recursos de la Caja de Seguro Social.

Ya estaba instalada la garantía de no tributo del 100% del impuesto sobre la renta y la reducción de los costos laborales para las empresas (el verdadero propósito); así se ha mantenido en los casi veinte años de su existencia.

Lo de la nutrición era un engaño, pues a partir de ese momento, al tratarse de un acto voluntario de la empresa hacia los trabajadores, se tenía un mecanismo para doblegar a los trabajadores en una relación bilateral, a cambio de la promesa del VALE, a cambio de mayor rendimiento, productividad, y hasta delación o denuncia de descontento por parte de compañeros de trabajo.

A partir de la reforma PRD de Martín Torrijos, con sólo un artículo, se profundizaba aún más, la distancia entre un programa de alimentos y la sustitución de salarios por bonos que garanticen una mayor ganancia a las empresas utilizando promesas de pagar con vales el rendimiento, el entusiasmo a favor de la empresa, que se traduce en un mayor desgaste físico y mental de los trabajadores. El intentar lograr las metas impuestas que cada vez se alejan más y más.

El efecto ideológico que este mecanismo produce es nefasto para la clase trabajadora. La teoría de la administración de empresas capitalistas, desde hace un tiempo, ha impulsado el uso de una combinación entre el salario con lo que denominan beneficios, pero en el capitalismo salvaje, los supuestos beneficios se traducen en una constante desmejora de los servicios públicos, en un futuro sombrío para los trabajadores ante la imposibilidad de tener fondos suficientes para un retiro digno, y un deterioro permanente y mortal de los servicios de salud, educación y otros colectivos.

Se manifiesta en una creciente dependencia de la bondad de los empresarios para poder contar con algunas ventajas con relación a otros compañeros de trabajo, lo que se puede denominar como la nueva forma que asume la explotación en la que, como siempre en este sistema, se somete a explotados a convertirse al mismo tiempo en explotadores de sus compañeros.

El camino recorrido del mal llamado VALE inició desde un supuesto programa de alimentos para trabajadores en apoyo a su nutrición, pasando por la compra de medicamentos y útiles escolares hasta llegar a su uso en la atención en establecimientos privados de atención de salud, laboratorios, educación de cualquier nivel y demás. El negocio de las empresas emisoras es amplísimo, incluyendo dentro de sus actividades hasta la compra con descuento de los créditos fiscales de las empresas, lo que confirma el fuerte vínculo que mantienen con el capital financiero, ya que forman parte de los grupos del capital financiero y bancario.

Lo que se confirma es a qué intereses responden los gobernantes administradores del modelo económico fallido, del capitalismo salvaje que aprovecha cualquier oportunidad para acrecentar las riquezas y el poder económico de unos pocos.  Demuestran el desprecio por la clase trabajadora, de todos los niveles de ingreso.

Una Ley que ofrece mayores beneficios a las empresas, que afecta las conquistas de los trabajadores en cuanto a mejoras salariales se cierne sobre la clase obrera de nuestro país.  Es el único acuerdo aprobado como anteproyecto de Ley consensuado, sin la participación de tres Centrales de Trabajadores (CONUSI, CUT Y CASA SINDICAL) en el supuesto Diálogo Tripartito, pese a que todas las Centrales habían anunciado previamente que no aprobarían modificaciones a la Ley 53 de 2003, que ya había nacido corrupta.  Ese anteproyecto que podría aprobarse, sin dificultad, en la AN, constituiría, sin duda alguna, una reforma más al Código Laboral.

 



Enviado el Lunes, 27 julio a las 10:54:59 por franckoi
 
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